Pasado viernes 29 de noviembre recibimos una Notificación del Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado negándose a pagar la indemnización solicitada por vecinos de Santa María, co excoómac desde junio pasado. Es una resolución cariente de toda fundamentación, de todo argumento jurídico, sin valorar las pruebas ofrecidas y sin haber se pronunciado sobre acept o rechazar incluso el peritaje a Cargo del Ingeniero Rodolfo Solís. En consecuencia, el día de hoy hemos presentado la impugnación correspondiente ante el Tribunal de Justicia Administrativa. Nos señalan en la oficialidad de partes que el nombre correcto es el Tribunal de Justicia Administrativo del Poder Judicial.
Eso es muy interesante porque la justicia administrativa en nuestro país surgió en el siglo 19 con dos solares, estaba identificada con las administraciones conservadoras. La constitución liberal de 1857 decho la dejó de lado y no surge entre nosotros sino hasta 1936. En el año 36 con el Tribunal de Justicia administrativa, con elbal fiscal de la federación se llamaba en ese momento, bajo el modelo del contencioso administrativo francés, en donde estaba excluido que el poder judicial conociera de las ACC del poder ejecutivo, para salvaguardar precisamente la división de poderes, estableció ese tribunal administrativo a cargo del propio ejecutivo. Diversos estados han decidido que esos tribunales administrativos locales queden adscritos al poder judicial, lo cual es una aberración en nuestro sistema constitucional.
Deriva sí, del procedimiento italiano con Giuseppe Kobenda y curiosamente de un antecedente curioso para nosotros aquí en Puebla, que es el Código de procedimientos civiles de Félixgu de José María Beiistegui de 1000 ochoento octa de 1880, que es una de las joyas legislativas del continente. Ante este tribunal de justicia administrativa hemos interpuesto el día de hoy la impugnación correspondiente. Somos de la idea, creemos, tenemos la convicción de que esta notificación se dio en este plazo para cerrar la administración del señor Céspedes. No nos se ha cerrado las cuentas, está impugnado bajo este mandato de este gobierno, gobierno que llegó al mando en usurpación de contravención abierta del texto mismo del artículo 74 de la constitución del Estado, que obligaba al señor a estar separado 90 días antes del cargo, lo cual es motivo de una indagatoria en estos momentos en áre abierta y en vigor ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por eventuales violaciones del estado mexicano a los compromisos suscritos internacionalmente y transgrede sí mismo, transgredió asim mismo el artículo 116, fracción primera de la constitución por fusión de poderes al hacerse votar gobernador como líder de la legislatura. Pero no se va con las cuentas cerradas, esta cuenta sigue pendiente bajo esta administración.
En esta administración lo hemos impugnado y este el día de hoy, el día de hoy precisamente 5 de diciembre, 5 de diciembre y seguimos y seguiremos, como decía las palabras del presidente Roosevelt bajo el día del día del Desembarco, volveremos una y otra vez porque tenemos una misión que cumplió.