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El artículo 87 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina el protocolo que debe cumplir un Presidente de la República al asumir su encargo:

“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande.”

Habría que hacer algunas modificaciones pertinentes de acuerdo con las circunstancias:

“Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, menos  cuando se obstruyan las vías generales de comunicación y cuando sea necesario cambiar esta Ley para colocar a Funcionarios que no cumplan con los requisitos que se les señalan, ni cuando sea necesario por el bien superior de la Administración intervenir en la gestión de los poderes Legislativo y Judicial y todo aquello que sea necesario sin limitación ni freno,  desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión como yo la entiendo; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande.”

A ese y muchos etcéteras nos enfrentamos cada día, cosa que no nos sorprende, ya sabíamos del talante autoritario, manipulador  y ocurrente que cada mañana se ratifica ante la prensa acreditada en las famosas conferencias.

La obligatoriedad de los preceptos constitucionales pasan a segundo término, si algo no se puede, para la administración no hay imposibles, se modifica la Ley y punto.

El derecho de cientos de miles de mexicanos a un trabajo digno no tiene ningún valor si se tiene la autoridad suficiente para cancelar proyectos como el NAIM, cerrar fuentes de trabajo en guarderías y hospitales, en un permanente “sin sentido”.

Por todo lo anteriormente expuesto me pregunto, siempre me ando haciendo preguntas para las que nunca encuentro respuestas puntuales ¿Cuál de los dos textos se pronunció el primero de diciembre? ¿ el que no tiene excepciones o el que si las tiene? El asunto no es tan simple como le pudiera parecer a quien protestó en el cargo, el texto real es contundente, dice claramente y en correcto castellano y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande. Ese es precisamente el problema que no es menor, la investidura precisa claramente el compromiso de honrar la palabra o atenerse a las consecuencias.

Ya sé que sus seguidores van a argumentar que lo mismo debió  de hacerse con sus predecesores y estoy de acuerdo, sin embargo  el no haberlo hecho con ellos,  no le quita responsabilidad al de ahora y la Nación en cualquier momento se lo puede demandar, las violaciones al Estado de Derecho son públicas y son notorias, vulnerar la jerarquía de los poderes con los que debe convivir  no es un asunto menor, al contrario se está violentando el orden constitucional y eso tarde o temprano tendrá consecuencias.

Por: Alfonso Díaz Ordaz Baillères

18 de febrero de 2019

 

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