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En el reporte de Signos Vitales “México enfermo” (  , Tabla 2) se muestra que existen al menos diez acciones controvertidas y demandas de inconstitucionalidad sin resolver en la Suprema Corte de Justicia, a pesar de que muchas de ellas tienen más de un año de que fueron admitidas por la Corte. La lista considera diversos temas que en conjunto, si la razón se le da al Ejecutivo, resultará en una profunda transformación del país. Enumero estos casos:

  • Ley de Remuneraciones de los servidores públicos. La potencial violación de derechos laborales adquiridos por funcionarios públicos al disminuir unilateralmente el salario.
  • Ley General de Educación. Falta de claridad en el traspaso de recursos educativos desde la federación hacia los estados federados.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública. Invasión por parte del gobierno federal en competencias y facultades propias de los gobiernos locales, ya que se crean autoridades paralelas a las estatales.
  • Ley Federal de Austeridad Republicana. Por violación de derechos laborales, como las restricciones de algunos funcionarios públicos para trabajar en la iniciativa privada por diez años, así como la reducción de salarios.
  • Presupuestos de 2018 y 2019. Por vulnerar la autonomía de Órganos Constitucionales Autónomos.
  • Acciones de inconstitucionalidad. Por invadir las capacidades del Poder Legislativo, que es el responsable de las reasignaciones presupuestales, al absorber la facultad de decidir en qué se gastan los recursos.
  • Ley Nacional de Extinción de Dominio. Por vulnerar la autonomía de Órganos Constitucionales Autónomos.
  • Ley de la Guardia Nacional. Se señalan vicios de constitucionalidad por discrecionalidad para ejercer la extinción de dominio de propiedades cuya legítima procedencia no pueda comprobarse.
  • Ley Nacional de Uso de la Fuerza. Se estiman violados los derechos a la seguridad jurídica, a la libertad personal, a la libertad de tránsito, al debido proceso, al principio de presunción de inocencia, al principio de legalidad en su vertiente de taxatividad, al principio de mínima intervención en materia penal y a la excepcionalidad de la prisión preventiva oficiosa.
  • Ley Nacional de Registro de Detenciones. Se estiman violados los derechos a la seguridad jurídica, al principio de legalidad, al principio de inmediatez en el registro de detenciones y a las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Además de estas acciones controvertidas que se encuentran en la Corte, existen un número importante de decretos y otra legislación que se encuentra en litigio, aunque no han llegado al Tribunal Supremo, pero que también constituyen transformaciones importantes. Tal es el caso del decreto que determina que la Guardia Nacional tendrá ahora facultades que normalmente le son reservadas a la Fiscalía General de la República, y que en concreto le dan la atribución de definir el grado de riesgo de un presunto delincuente para determinar

Por: Enrique Cárdenas Sánchez

Universidad Iberoamericana de Puebla

Signos Vitales

Puebla contra la Corrupción y la Impunidad

enrique.cardenas@iberopuebla.mx

@ECardenasPuebla

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