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El legendario Eduardo Valle “El Búho” destacaba la importancia estratégica del puerto de Manzanillo y su peculiar importancia aduanal, como principal puerta de entrada al país de las metanfetaminas procedentes de China, situación que quedara constatada a cabalidad con el affaire de la “Casa de Cambio Puebla” y la consiguiente detención de Zhenly Ye Gon.

Obra ya clásica en nuestra Doctrina del Derecho Internacional Pública, Alberto Zskely, destaca, en “Derecho del Mar”, el hecho peculiar de que la línea de base para delimitar las zonas marítimas correspondientes a la jurisdicción nacional, se fijan a partir de la Isla Socorro, acaso, la única de las ínsulas del país que no sea de jurisdicción federal.

El desgobierno en que el titular del ejecutivo local a sumido a la entidad, a desembocado en una violencia incontenible, y encuentra una de sus causas fundamentales en el desaseo mismo de la elección que le entronizó en el cargo, que llevó incluso a repetir el proceso comicial correspondiente tras la anulación de la elección ordinaria.

Episodio de repercusiones nacionales al que seguiría una “cacería de brujas”, que, desatara al margen de todo procedimiento y fundamento legal al inicio de su administración, se seguría en contra de servidores público del gobierno interino y constitucional que le precedió en al cargo, al grado de romper todos los equilibrios políticos de la entidad y terminando por causar un nefasto impacto también en el tejido social de Colima.

El ámbito concerniente a la seguridad pública se a erigido en eje de la crisis que vive el estado más pequeño del país, y de ahí que los fallos de absolución obtenidos por el otrora responsable de la seguridad en la entidad, nuestro amigo Gustavo Allen Ursúa Calvario, revistan una especial relevancia, sobre todo atendiendo a que tal rubro, hoy del todo desbordado, se encontraba bajo pleno control cuando Gustavo Fungía como titular del Consejo Estatal de Seguridad.

Víctima de acusaciones injuriosas e infundadas y después de haber sigo eximido de toda responsabilidad ante las instancias del estado de colima como quedó demostrado ante la autoridad competente, y ante la opinión general de la localidad.

El otrora titular del Consejo Estatal de Seguridad en Colima fue posteriormente entrampado por procedimientos derivados de una observación ante la Auditoría Superior de la Federación que, a fin de cuentas, resultó, no sólo improcedente sino del todo extemporánea.

En efecto: se me notificó el año pasado una observación derivada de la cuenta pública del ejercicio fiscal del 2013, en que se le señalaba por haber solventado el costo de una camioneta adquirida durante el ejercicio precedente, acusación de la que, de más está decir, resultó totalmente exonerado el pasado primero de marzo

 

la fiscalización de ejercicios fiscales anteriores se rige en todo caso por lo que al efecto se dispone en los artículos 59 a 66 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación en vigor, así como en los equivalentes de la ley de la materia del 29 de mayo del 2009 bajo cuyas disposiciones se ventilaron los procedimientos referidos.

 

Disposiciones que determinan que. para realizar observaciones, respecto a ejercicios fiscales anteriores, debe en todo caso mediar denuncia, señalándose al respecto, en el Artículo 60 de la ley en vigor sobre la materia, que:

 

“el escrito de denuncia deberá contar como mínimo, con…:

“I El ejercicio en que se presentan los presuntos hechos irregulares, y

II.-Descripción de los presuntos hechos irregulares.

Al escrito de denuncia-por lo demás- deberá acompañarse los elementos de prueba, cuando sea posible, que se relacionen directamente con los hechos denunciados. La Auditoria Superior de la Federación deberá proteger en todo momento la identidad del denunciante”.

 

La existencia del vehículo en el patrimonio estatal, la exhibición de la autorización expresa de las autoridades responsables a las cuales estuvo subordinado en el ejercicio de su función como servido público, así como la constancia de su probidad en el cargo determinaron la exención de toda responsabilidad.

 

Consideraciones a las que habría que añadir, insisto el carácter extemporáneo de las observaciones en cuestión ya que éste determina que las mismas se habrían erigido en pieza clave para concluir que fue motivada por una andanada difamatoria de índole política en su contra

 

En medio de la más abyecta descomposición gubernamental en Colima , con todo y fiestas con jovencitos y montajes de asaltos de supuestos comandos armados, herencia del ex canciller Videgaray y su abyecta subordinación el yerno de la Casa Banca Jared Kushner, las acusaciones orquestadas en contra de Gustavo Allen Ursúa Calvario como titular del Consejo estatal de Seguridad en Colima durante la administración de Mario Anguiano, han sido echadas por tierra, quedando, eso si, pendiente de dilucidarse la responsabilidad que a cada quién le toque en suerte afrontar derivadas de sus respectivas acciones dolosas.

Por: Atilio Alberto Peralta Merino

albertoperalta1963@gmail.com

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